FIDEICOMISO.(prov. del lat. FIDEI COMISSUM: fe comision/mandato de fe).
El uso del fideicomiso, especialmente el inmobiliario se está extendiendo en Nuestra País, como consecuencia de la reducción en el otorgamiento de créditos y de fuentes de financiamientos.
Este contrato tiene semejanzas con el Trust, del derecho anglosajón; lo que determina que los inversores extranjeros acostumbrados a esta modalidad, acepten ser participes de Fideicomisos en nuestro país.
El Fideicomiso se encuentra regulado por la ley 24.441.La regulación de Este Contrato tiene como objeto el financiamiento de la vivienda y construcción, pero su uso se extendió a otros fines.
La ley 24.441, sancionada en el año 1994, prevee dos especies de fideicomisos. El común u ordinario, y el fideicomiso financiero.
El fideicomiso es el negocio por el cual una persona (fiduciante), transmite a otra (fiduciario), la propiedad de bienes determinados (ej. La cesión de un lote- fideicomiso inmobiliario. o ej. La cesión de activos como cheques etc.- fideicomiso financiero), y esta se obliga a ejercer esa propiedad, con el objeto de que sean destinados a cumplir un fin determinado , en beneficio de quien se designe en el contrato o para transmitirlos, al cumplimiento de un plazo o una condición, al beneficiario o fideicomisario.
Se distingue en este negocio dos aspectos, uno es la transferencia de un bien; otro un mandato de confianza.
El fideicomiso no constituye un fin en sí mismo, en verdad es un instrumento que posibilita que se cumplan objetivos subyacentes, es decir, el contrato brinda mayores posibilidades de inversión y seguridad jurídica a distintas operaciones.
Una de las sus principales características del FIDEICOMISO, es que permite encapsular de manera efectiva, activos y recursos físicos o financieros, ya que el patrimonio que integra el fideicomiso, TIENE ENTIDAD PROPIA, diferenciándose del resto de los bienes del fiduciante o fiduciario.
Ninguna circunstancia puede menoscabar dicho patrimonio, excepto por causas con origen exclusivo en el fideicomiso mismo o por fraude.
Desde el aspecto fiscal, cada fideicomiso debe encontrarse inscripto y tener número de CUIT.
El uso del fideicomiso, especialmente el inmobiliario se está extendiendo en Nuestra País, como consecuencia de la reducción en el otorgamiento de créditos y de fuentes de financiamientos.
Este contrato tiene semejanzas con el Trust, del derecho anglosajón; lo que determina que los inversores extranjeros acostumbrados a esta modalidad, acepten ser participes de Fideicomisos en nuestro país.
El Fideicomiso se encuentra regulado por la ley 24.441.La regulación de Este Contrato tiene como objeto el financiamiento de la vivienda y construcción, pero su uso se extendió a otros fines.
La ley 24.441, sancionada en el año 1994, prevee dos especies de fideicomisos. El común u ordinario, y el fideicomiso financiero.
El fideicomiso es el negocio por el cual una persona (fiduciante), transmite a otra (fiduciario), la propiedad de bienes determinados (ej. La cesión de un lote- fideicomiso inmobiliario. o ej. La cesión de activos como cheques etc.- fideicomiso financiero), y esta se obliga a ejercer esa propiedad, con el objeto de que sean destinados a cumplir un fin determinado , en beneficio de quien se designe en el contrato o para transmitirlos, al cumplimiento de un plazo o una condición, al beneficiario o fideicomisario.
Se distingue en este negocio dos aspectos, uno es la transferencia de un bien; otro un mandato de confianza.
El fideicomiso no constituye un fin en sí mismo, en verdad es un instrumento que posibilita que se cumplan objetivos subyacentes, es decir, el contrato brinda mayores posibilidades de inversión y seguridad jurídica a distintas operaciones.
Una de las sus principales características del FIDEICOMISO, es que permite encapsular de manera efectiva, activos y recursos físicos o financieros, ya que el patrimonio que integra el fideicomiso, TIENE ENTIDAD PROPIA, diferenciándose del resto de los bienes del fiduciante o fiduciario.
Ninguna circunstancia puede menoscabar dicho patrimonio, excepto por causas con origen exclusivo en el fideicomiso mismo o por fraude.
Desde el aspecto fiscal, cada fideicomiso debe encontrarse inscripto y tener número de CUIT.
Fideicomiso Inmobiliario.
En materia inmobiliaria; las empresas constructoras, profesionales e inversores, están utilizando con mayor frecuencia este Figura, para ejecutar proyectos de construcción y comercializacion de propiedades.
El fideicomiso inmobiliario, como brevemente detalle UT-SUPRA, es un negocio complejo que vincula dos negocios distintos.
Un caso común en materia inmobiliaria, es el vínculo entre un propietario de un terreno que transmite su propiedad y una empresa constructora que asume el compromiso de construir un edificio y pagar el terreno luego de la construcción ,con la entrega de una o más unidades del Edificio terminado.
El fideicomiso, abre la posibilidad de adquirir un dominio imperfecto;permitiendo el desarrollo de proyectos.
El artículo 4to de la ley 24.441, estipula los requisitos y demás clausulas que debe contener el contrato de Fideicomiso. Es importante destacar, que los bienes objeto del fideicomiso no ingresan al patrimonio personal de fiduciario, quien detenta solo la titularidad formal, con el dominio del inmueble inscripto a su nombre, para cumplir con el fin pactado, o para transferirlos al fideicomisario u a otros, al producirse la extinción del Contrato.
Es importante destacar que el fiduciario tiene el deber impuesto de comportarse con prudencia y diligencia de un buen hombre de negocios, en base al mandato de confianza impuesto por la convención misma. Asimismo tiene la carga de rendir cuentas a los beneficiarios (con una periodicidad no mayor a un año). En el contrato podrá insertarse clausula que fije la retribución y reembolso de gastos debidos al fiduciario por su labor.
Respecto a los bienes fideicomitidos, estos constituyen bienes separados del patrimonio del fiduciante y fiduciario.
Fideicomiso Financiero.
El fideicomiso inmobiliario, como brevemente detalle UT-SUPRA, es un negocio complejo que vincula dos negocios distintos.
Un caso común en materia inmobiliaria, es el vínculo entre un propietario de un terreno que transmite su propiedad y una empresa constructora que asume el compromiso de construir un edificio y pagar el terreno luego de la construcción ,con la entrega de una o más unidades del Edificio terminado.
El fideicomiso, abre la posibilidad de adquirir un dominio imperfecto;permitiendo el desarrollo de proyectos.
El artículo 4to de la ley 24.441, estipula los requisitos y demás clausulas que debe contener el contrato de Fideicomiso. Es importante destacar, que los bienes objeto del fideicomiso no ingresan al patrimonio personal de fiduciario, quien detenta solo la titularidad formal, con el dominio del inmueble inscripto a su nombre, para cumplir con el fin pactado, o para transferirlos al fideicomisario u a otros, al producirse la extinción del Contrato.
Es importante destacar que el fiduciario tiene el deber impuesto de comportarse con prudencia y diligencia de un buen hombre de negocios, en base al mandato de confianza impuesto por la convención misma. Asimismo tiene la carga de rendir cuentas a los beneficiarios (con una periodicidad no mayor a un año). En el contrato podrá insertarse clausula que fije la retribución y reembolso de gastos debidos al fiduciario por su labor.
Respecto a los bienes fideicomitidos, estos constituyen bienes separados del patrimonio del fiduciante y fiduciario.
Fideicomiso Financiero.
El Fideicomiso Financiero es la otra variante establecida en la ley 24.441.
Como explique anteriormente, el contrato debe determinar la finalidad, un fiduciario que será la persona física o jurídica encargada de la administración, un beneficiario quien recibirá la renta que se obtenga y un fideicomisario quien será el receptor de los bienes a la finalización del contrato. El fiduciante puede ser a su vez beneficiario y fideicomisario.
En el fideicomiso financiero, el fiduciario es una entidad financiera o una sociedad autorizada por la Comisión Nacional de Valores y beneficiarios serán los titulares de certificados de participación en el dominio fiduciario, pudiendo ser títulos representativos de deuda garantizados con los bienes del fideicomiso.
La obtención de fondos sin recurrir a las tradicionales formas de financiación es una de las ventajas que ofrece la implementación de este Instrumento.
Los activos a fideicomitir pueden ser créditos, cheque diferidos. Resulta interesante analizar las posibilidades de participar y realizar inversiones en este tipo de títulos.
Los fideicomisos financieros en general, tienen como agentes fiduciarios a Bancos, que cuentan con asesoría de calificadoras de riesgos y jurídicas, lo que ofrece una garantía o respaldo mayor, a los adquirentes de tales títulos. Incluso generalmente existen garan tes, que avalan la operatoria además de los activos fideicomitidos.
Como todo contrato consensual, cabe puntualizar que el Fideicomiso es un instrumento que ofrece nuevas alternativas y variadas ventajas a las partes contratantes.
Como explique anteriormente, el contrato debe determinar la finalidad, un fiduciario que será la persona física o jurídica encargada de la administración, un beneficiario quien recibirá la renta que se obtenga y un fideicomisario quien será el receptor de los bienes a la finalización del contrato. El fiduciante puede ser a su vez beneficiario y fideicomisario.
En el fideicomiso financiero, el fiduciario es una entidad financiera o una sociedad autorizada por la Comisión Nacional de Valores y beneficiarios serán los titulares de certificados de participación en el dominio fiduciario, pudiendo ser títulos representativos de deuda garantizados con los bienes del fideicomiso.
La obtención de fondos sin recurrir a las tradicionales formas de financiación es una de las ventajas que ofrece la implementación de este Instrumento.
Los activos a fideicomitir pueden ser créditos, cheque diferidos. Resulta interesante analizar las posibilidades de participar y realizar inversiones en este tipo de títulos.
Los fideicomisos financieros en general, tienen como agentes fiduciarios a Bancos, que cuentan con asesoría de calificadoras de riesgos y jurídicas, lo que ofrece una garantía o respaldo mayor, a los adquirentes de tales títulos. Incluso generalmente existen garan tes, que avalan la operatoria además de los activos fideicomitidos.
Como todo contrato consensual, cabe puntualizar que el Fideicomiso es un instrumento que ofrece nuevas alternativas y variadas ventajas a las partes contratantes.
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